¿Puede facilitar esos datos? Protección de datos

Obras. En la comunidad de propietarios que usted administra van a realizar unas obras y, dado que la empresa de reparación necesita acceder a través del piso situado en los bajos, le solicita los datos de contacto del propietario. ¡Atención!  ¿Puede facilitarle su nombre y su teléfono? ¿O al hacerlo infringiría la Ley de Protección de Datos?

Cesión. Pues bien, la cesión de datos personales está permitida si se dan una serie de condiciones. Apunte.  Entre otras, estarían:

  • Consentimiento . Cuando los datos se ceden con el consentimiento del interesado.
  • Necesarios. Cuando son datos necesarios para la ejecución de un contrato o para el cumplimiento de una ley.

Justificado. En un caso así, teniendo en cuenta que por un lado la ley obliga a la comunidad de propietarios a realizar las obras y reparaciones necesarias para el buen mantenimiento del inmueble y que, por el otro lado, obliga al propietario a soportar en su finca la realización de dichas obras o permitir las servidumbres necesarias, existen argumentos suficientes para defender que se puedan ceder los datos. ¡Atención!  No obstante, si el vecino se pusiera “quisquilloso” podría alegar que había otras formas de contactar con él –por ejemplo, a través de usted–, por lo que siempre es mejor ser precavido y solicitar el consentimiento expreso.

Si se hace en cumplimiento de una ley, es lícito ceder datos personales, pero siempre es mejor recabar el consentimiento.

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