¡No corte el suministro!

Ocupas. Cuando se ocupa una vivienda, el propietario puede tener la tentación de cambiar la cerradura o cortar los suministros. ¡Atención! Es un error que puede salirle caro: se considera un delito de coacciones y los ocupas no dudarán en utilizarlo en su contra. Vea por qué.

Desahucio. Recuerde que, con la regulación actual, si se produce la ocupación de una vivienda sin el consentimiento de su propietario, el procedimiento legal para desalojar el inmueble es la interposición de un desahucio por precario. Apunte. Y en este proceso se discute si quien habita la vivienda tiene derecho a hacerlo o no, lo que sólo puede decidir el juez. Mientras tanto:

  • A ojos de la ley existe una vivienda habitada, y el concepto vivienda habitada está especialmente protegido por la ley.
  • Los tribunales consideran que los actos dirigidos a la vivienda como daños a la cerradura o cambio de ésta y la supresión o menoscabo de condiciones básicas de habitabilidad como pudieran ser el agua, la luz, el gas, etc. encajan en el delito de coacciones.¡Atención! Lo que sí puede hacer es bajar las potencias contratadas al mínimo; así también reducirá el importe de las facturas.

El cambio de cerradura o corte de suministros por el propietario de una vivienda ocupada se considera un delito de coacciones.

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